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“‘Ley Censura’ Suavizada: Seis Modificaciones en la Reforma de Telecomunicaciones de Sheinbaum”

La iniciativa de la Ley en Materia de Telecomunicaciones y Radiodifusión, conocida por la oposición como “Ley Censura,” fue propuesta por la presidenta de México, Claudia Sheinbaum, en abril de 2025. Esta ley busca reemplazar la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión vigente desde 2014 y ha generado controversia debido a preocupaciones sobre posibles restricciones a la libertad de expresión y al control estatal sobre los medios y plataformas digitales.

-En qué consiste la ley, sus principales puntos, los cambios realizados en la Cámara de Diputados y las razones por las que se le ha denominado “Ley Censura”:Contexto y Objetivos de la LeyLa iniciativa surge tras la disolución del Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) en diciembre de 2024, como parte de una reforma constitucional de simplificación administrativa que eliminó varios órganos autónomos. En su lugar, se creó la Agencia de Transformación Digital y Telecomunicaciones (ATDT), dependiente del Ejecutivo, que asumiría las funciones regulatorias del IFT. La ley tiene como objetivos principales:Regular el sector de telecomunicaciones y radiodifusión: Establecer un nuevo marco legal para la industria, adaptado a tecnologías modernas como el Internet de las Cosas (IoT), 5G, y la inteligencia artificial.
Prohibir propaganda extranjera: Impedir que gobiernos o entidades extranjeras emitan publicidad política, ideológica o comercial en medios mexicanos, salvo en casos de promoción cultural o turística. Esto se propuso tras la transmisión de anuncios antiinmigrantes del gobierno de Estados Unidos en canales mexicanos, como Televisa.
Reducir la brecha digital: Conectar a unos 15 millones de mexicanos sin acceso a internet, permitiendo a la Comisión Federal de Electricidad (CFE) ofrecer servicios de internet en zonas desatendidas.


Fortalecer medios comunitarios: Permitir a radios públicas, sociales, comunitarias, indígenas y afromexicanas comercializar hasta 40 segundos de publicidad por hora para financiar sus operaciones.


Puntos Polémicos y la Etiqueta de “Ley Censura” La oposición y organizaciones civiles, como R3D y Artículo 19, han calificado la iniciativa como “Ley Censura” debido a varios artículos que generaron preocupación, especialmente en su versión original: Artículo 109:

  • Otorgaba a la ATDT la facultad de bloquear plataformas digitales (como Facebook o YouTube) sin una orden judicial clara, en casos de “incumplimiento de normativas”.
  • -Esto fue visto como una herramienta para restringir la libertad de expresión y censurar contenidos críticos al gobierno. Organizaciones señalaron que bloquear plataformas enteras es una medida extrema, comparable al cierre de una estación de radio o televisión, y contraviene la Constitución mexicana y la Convención Americana sobre Derechos Humanos.

  • Control estatal: La transferencia de funciones del IFT a la ATDT, una entidad bajo control del Ejecutivo, fue criticada por dar al gobierno un rol de “jugador y árbitro” en el sector, aumentando la discrecionalidad en la asignación de concesiones y la regulación de contenidos.

  • Vigilancia y privacidad: La propuesta incluía un Registro de Usuarios de Telefonía Móvil, lo que levantó temores sobre posibles violaciones a la privacidad, aunque el gobierno aclaró que cualquier intervención telefónica requeriría una orden judicial, como en la legislación vigente desde 2014.
    Multas a medios: La ley establecía sanciones a medios que transmitan propaganda extranjera, lo que generó críticas de empresas como Televisa y TV Azteca, que la consideraron una medida autoritaria.

  • Estas disposiciones llevaron a la oposición (PAN, PRI, MC) y a sectores sociales a acusar al gobierno de buscar controlar internet, redes sociales, radio y televisión, limitando el pluralismo y el debate público.
  • Cambios en la Cámara de Diputados-Tras un amplio debate y protestas, la Cámara de Diputados aprobó la ley el 1 de julio de 2025 con modificaciones para abordar las críticas. Aunque no se han detallado exhaustivamente los seis cambios específicos en las fuentes disponibles, se sabe que:Eliminación o modificación de artículos controvertidos: Los artículos 109 (bloqueo de plataformas digitales), 201 y 202 (sobre contenidos extranjeros) fueron eliminados o reformulados para aclarar que no se busca censurar. Sheinbaum y José Peña Merino, titular de la ATDT, aseguraron que cualquier medida de bloqueo requeriría una orden judicial, alineándose con la legislación de 2014.


Aclaración sobre la no censura: Se ajustó la redacción para garantizar que la ley no regule contenidos ni limite la libertad de expresión en plataformas digitales.
Protección de derechos de audiencias: Se reforzó el derecho a la información, conforme al artículo 6 de la Constitución, y se mantuvo el enfoque en conectar zonas sin acceso a internet.


Separación de funciones: Las atribuciones de competencia económica se trasladaron a una nueva Comisión Antimonopolio en la Secretaría de Economía, evitando que la ATDT concentre demasiado poder.


  • Estos cambios fueron el resultado de un proceso de diálogo con actores económicos, sociales, académicos y técnicos, iniciado tras la suspensión de la votación en el Senado en abril de 2025, a pedido de Sheinbaum, para evitar interpretaciones de censura.

  • Críticas Persistentes A pesar de las modificaciones, algunos sectores siguen expresando preocupación:La oposición sostiene que la ATDT, al estar bajo el control del Ejecutivo, podría ser utilizada para fines políticos, como otorgar concesiones por afinidad.

  • Organizaciones como R3D advierten que cualquier registro de usuarios de telefonía móvil o facultades de vigilancia deben estar estrictamente regulados para evitar abusos.

  • En redes sociales, usuarios han calificado la ley como una amenaza a la privacidad digital y al pluralismo, con hashtags como #LeyCensura y #LeyEspía.

Situación Actual-Tras su aprobación en la Cámara de Diputados el 1 de julio de 2025, la ley ha sido enviada al Ejecutivo para su promulgación. Sheinbaum ha reiterado que el gobierno no busca censurar ni espiar, y que la legislación mantiene las reglas existentes desde 2014, con el objetivo de modernizar el sector y garantizar el acceso a internet. Sin embargo, la percepción de la ley como una herramienta de control persiste entre críticos, quienes temen que su implementación pueda limitar derechos digitales en el futuro.

Durante su aprobación en la Cámara de Diputados el 1 de julio de 2025, según la información disponible, se enfocaron en mitigar las críticas sobre posibles riesgos de censura, control estatal y violaciones a la privacidad. Aunque los detalles específicos de cada cambio no se enumeran exhaustivamente en las fuentes.

Seis cambios realizados a la Ley en Materia de Telecomunicaciones y Radiodifusión
  • Eliminación del Artículo 109: Este artículo permitía a la Agencia de Transformación Digital y Telecomunicaciones (ATDT) bloquear plataformas digitales (como redes sociales o servicios de streaming) sin una orden judicial clara, en casos de “incumplimiento de normativas”. Fue suprimido para evitar interpretaciones de censura, ya que se consideraba una amenaza a la libertad de expresión, comparable al cierre de medios tradicionales, y violatorio de la Constitución mexicana y la Convención Americana sobre Derechos Humanos.

  • Modificación o Eliminación de los Artículos 201 y 202: Estos artículos regulaban la prohibición de propaganda extranjera (política, ideológica o comercial) en medios y plataformas digitales. Se ajustaron o eliminaron para aclarar que las restricciones se limitan a propaganda de gobiernos extranjeros, exceptuando contenidos culturales, turísticos o deportivos, y para garantizar que no se utilicen como herramientas de censura. El Artículo 210, que reemplazó estas disposiciones, establece explícitamente que no se permite propaganda política o ideológica extranjera, salvo en los casos mencionados.

  • Eliminación del Artículo 160 sobre Geolocalización en Tiempo Real: Este artículo otorgaba a la ATDT la facultad de obtener la ubicación en tiempo real de usuarios de telefonía móvil sin orden judicial. Fue retirado tras críticas de la oposición y organizaciones civiles, que lo calificaron como una disposición de vigilancia masiva (#LeyEspía). Ahora, cualquier colaboración de operadores con autoridades para geolocalización o entrega de datos requiere una orden judicial, manteniendo las reglas de la ley de 2014.

  • Creación de la Comisión Reguladora de Telecomunicaciones (CRT): Se estableció un órgano desconcentrado de la ATDT, con independencia técnica y operativa, integrado por cinco comisionados propuestos por el Ejecutivo y ratificados por el Senado. Este cambio busca reducir la concentración de poder en la ATDT y garantizar mayor transparencia en la regulación de concesiones, espectro radioeléctrico y autorizaciones, respondiendo a críticas sobre el control estatal.
    Fortalecimiento de los Derechos de las Audiencias y Medios Comunitarios: Se reforzó el derecho a la información veraz, conforme al artículo 6 de la Constitución, obligando a los concesionarios a contar con defensorías de audiencias para atender quejas por desinformación o calumnias. Además, se otorgó a las radios comunitarias, indígenas y afromexicanas entre el 1% y 10% del presupuesto de comunicación social y hasta un 3% del tiempo para publicidad local, promoviendo su sostenibilidad financiera.

  • Simplificación y Digitalización de Trámites, con Enfoque en Accesibilidad: Se incluyeron medidas para simplificar y digitalizar procesos de despliegue de infraestructura, como licitaciones y autorizaciones. También se establecieron derechos de usuarios, como el acceso a dispositivos abiertos (compatibles con cualquier SIM) y recargas en cualquier establecimiento. Además, se incorporó un enfoque de accesibilidad con funciones para personas con discapacidad y perspectiva de género para garantizar el acceso equitativo de niñas y mujeres a internet y telecomunicaciones.

  • Contexto y Efectos de los Cambios .Estos ajustes surgieron tras un proceso de diálogo iniciado por la presidenta Claudia Sheinbaum en abril de 2025, cuando pidió pausar la discusión en el Senado para incorporar aportes de la sociedad civil, concesionarios y especialistas. La eliminación de artículos como el 109 y el 160 respondió a las acusaciones de censura y vigilancia, mientras que la creación de la CRT y el fortalecimiento de medios comunitarios buscan equilibrar la regulación y promover la inclusión digital. Sin embargo, persisten preocupaciones sobre el Registro de Usuarios de Telefonía Móvil, similar al PANAUT (declarado inconstitucional en 2022), que exige identificar a todos los usuarios, incluidos los de prepago, con datos oficiales, y sobre la retención de metadatos (llamadas, mensajes, ubicación) por hasta dos años, accesibles a autoridades con ciertos lineamientos.


Estos cambios reflejan un intento de balancear los objetivos de conectar a 15 millones de mexicanos sin acceso a internet y modernizar el sector con las demandas de proteger la libertad de expresión y la privacidad. No obstante, la oposición y organizaciones civiles siguen alertando sobre posibles riesgos en la implementación, especialmente por la influencia del Ejecutivo en la ATDT y la CRT.

 


La “Ley Censura” es un término acuñado por la oposición para describir la Ley en Materia de Telecomunicaciones y Radiodifusión, debido a sus artículos originales que permitían el bloqueo de plataformas digitales y otorgaban amplias facultades al gobierno. Aunque la Cámara de Diputados introdujo seis cambios para mitigar preocupaciones, eliminando o ajustando disposiciones controvertidas, la ley sigue siendo vista con escepticismo por su potencial impacto en la libertad de expresión y la privacidad. Su objetivo principal es modernizar el sector, prohibir propaganda extranjera y conectar a millones de mexicanos a internet, pero su éxito dependerá de cómo se implemente y de las garantías que ofrezca para proteger los derechos humanos.

 

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